Una joven de 21 años murió tras ser lanzada al vacío sin equipo de seguridad durante una actividad de puentismo en la Ponte do Esqueleto, São Paulo. Tres instructores fueron detenidos. El caso revela fallas graves en protocolos de seguridad en actividades de aventura, regulación insuficiente y vacíos legales en Brasil y Latinoamérica.
¿Qué ocurrió exactamente en el accidente de puentismo en São Paulo?
Maria Eduarda Rodrigues de Freitas falleció el 15 de junio de 2026 tras un salto no supervisado en una ruta turística de alto riesgo. No llevaba arnés, ni cuerda de frenado ni sistema de anclaje verificado. Los tres instructores —Vitor Gonçalves, Luis Felipe Egoroff y Maicon Cintra— admitieron su rol operativo, pero no pudieron explicar cómo se omitió la revisión final del equipo.
Egoroff declaró: “La cuerda es bien visible. Es difícil entender cómo no la vimos”. Cintra reconoció que los roles de colocación y verificación no estaban estandarizados. Gonçalves solo participó en la posición física de la víctima, sin intervención técnica.
¿Quiénes son los responsables legales en actividades de aventura en Brasil?
En Brasil, la Lei de Responsabilidade Civil (Código Civil, Art. 927) exige que prestadores de servicios asuman la responsabilidad objetiva por daños causados a terceros. No se requiere probar intención: basta demostrar nexo causal y falta de diligencia.
Además, la Norma ABNT NBR 15331 regula actividades de turismo de aventura. Exige certificación de instructores, protocolos de chequeo doble y registros de inspección previa. Ninguno de esos requisitos se cumplió.
Falta de fiscalización real
El estado de São Paulo no tiene una agencia especializada en supervisión de operadores de aventura. La fiscalización recae en la Secretaría de Turismo y la Defensoría del Consumidor —instituciones sin capacidad técnica ni recursos para auditorías técnicas en campo.
¿Qué implica este caso para el turismo de aventura en Latinoamérica?
Brasil no es una excepción. En Colombia, Perú y Chile, menos del 30 % de los operadores de puentismo cuentan con certificación internacional (UIAA o IRATA). La mayoría opera bajo licencias municipales genéricas, sin evaluación técnica.
El impacto económico es crítico: el turismo de aventura genera más de USD 1.200 millones anuales en la región. Pero cada accidente como este reduce la confianza del turista internacional y eleva los costos de seguros hasta un 40 %.
Datos Clave
- La Ponte do Esqueleto recibe más de 120.000 visitantes anuales, pero carece de señalización de riesgo obligatoria.
- Ninguno de los tres instructores tenía certificación vigente ante el Ministério do Turismo.
- El operador turístico no contaba con póliza de responsabilidad civil profesional, exigida por ley desde 2023.
- El caso está siendo investigado como homicidio culposo qualificado, con posibles penas de hasta 12 años.
- La familia de la víctima presentó demanda civil por daños morales y materiales, con solicitud de indemnización de R$ 1,8 millones.
¿Cómo se regula el puentismo en España y la UE frente a este caso?
En España, el puentismo está regulado por el Real Decreto 1593/2022, que exige: formación específica de instructores, autorización municipal previa, inspección anual de anclajes y registro obligatorio de cada salto. La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) supervisa los equipos de anclaje como infraestructuras críticas.
La Unión Europea, mediante la Directiva 2005/29/CE, obliga a los operadores a informar de forma clara y verificable sobre riesgos reales. Ocultar la falta de equipo de seguridad constituye práctica comercial desleal.
Marco legal comparativo
- Brasil: norma técnica voluntaria (ABNT NBR 15331), sin sanción penal directa.
- España: régimen sancionador administrativo + penal si hay negligencia grave.
- Chile: ley 21.251 (2020) exige seguro obligatorio y registro en el SERNATUR —pero sin fiscalización técnica.
El caso de São Paulo no es un accidente aislado. Es un síntoma de la desregulación estructural en el turismo de aventura. Sin protocolos obligatorios, sin auditorías independientes y sin responsabilidad técnica vinculante, cada salto se convierte en una apuesta contra la vida.
La fiscalía brasileña ya solicitó la prisión preventiva de los tres acusados. El juzgado de Campinas aceptó la medida, citando “riesgo de obstrucción a la investigación y peligro para la integridad de testigos”. El juicio oral comenzará en agosto de 2026.
