Un agente de los Mossos d’Esquadra gritó «Pedro Sánchez» durante un acto oficial de clausura del curso de la Área Regional de Recursos Operativos (ARRO) en Mollet del Vallès. La Dirección General de la Policía de la Generalitat abrió una Información Reservada (IR) para esclarecer si la acción constituyó broma, reivindicación o incitación a la injuria. El caso afecta directamente la credibilidad institucional y la disciplina interna del cuerpo.
¿Qué ocurrió exactamente en el acto de Mollet del Vallès?
El incidente tuvo lugar el viernes anterior en el Instituto de Seguridad Pública de Catalunya (ISPC). Más de 200 agentes, incluidos mandos superiores, asistieron al acto de clausura del curso de la ARRO, unidad especializada en control de masas y apoyo antidisturbios.
Durante la ceremonia, un formador —agente en activo— pronunció en voz alta el nombre del presidente del Gobierno. No hubo grabación pública, pero testigos presenciales confirmaron la intervención. La Generalitat activó inmediatamente una investigación interna.
¿Fue una simulación de control de masas o una conducta inadecuada?
Fuentes cercanas al caso señalan que los ejercicios de la ARRO incluyen simulacros de manifestaciones, donde algunos agentes representan a manifestantes y otros a policías. Sin embargo, usar el nombre de una figura institucional como consigna en un acto formal carece de protocolo y no forma parte de los escenarios autorizados.
La Ley Orgánica 2/1986, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, exige neutralidad política y respeto a las instituciones. Cualquier acto que socave esa neutralidad puede derivar en sanciones disciplinarias o penales.
¿Cómo se relaciona este caso con el episodio de Sabadell?
El incidente de Mollet se conoce semanas después de que el portero del Centre d’Esports Sabadell, Diego Fuoli, coreara «Pedro Sánchez» desde el balcón del Ayuntamiento durante la celebración del ascenso del club. Parte del público respondió con insultos al presidente.
La Federación de Asociaciones Vecinales de Sabadell presentó una denuncia por delito de odio, amparada en el Artículo 510 del Código Penal. Fuoli se disculpó públicamente en X, pero el caso sigue abierto ante la Fiscalía.
¿Qué diferencia jurídica existe entre ambos hechos?
Un agente policial actúa bajo régimen de servicio público y está sujeto al Estatuto de los Funcionarios Públicos. Su conducta está regulada por normas deontológicas más estrictas que las de un particular. Gritar un nombre institucional en un acto oficial no es equiparable a una expresión espontánea en un evento deportivo.
¿Qué consecuencias legales y disciplinarias puede tener el agente implicado?
La Información Reservada (IR) es el primer paso de una investigación interna. Si se acredita falta grave, el agente podría enfrentar:
- Suspensión provisional.
- Proceso disciplinario ante el Consejo de Disciplina de la Policía de la Generalitat.
- Inhabilitación temporal o definitiva, según gravedad.
- Derivación a la Fiscalía si se acredita incitación a la injuria o menoscabo de la autoridad.
El Estatuto Básico dels Empleats Públics de Catalunya establece que la conducta debe ser acorde con la dignidad del cargo. La jurisprudencia del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya ha anulado sanciones cuando faltó proporcionalidad, pero ha confirmado expulsiones por actos que afectan la imagen institucional.
¿Qué impacto económico y reputacional tiene para la Generalitat?
Cada investigación disciplinaria supone costes administrativos y de gestión. Pero el daño mayor es reputacional: afecta la confianza ciudadana en la imparcialidad de los Mossos d’Esquadra, especialmente tras críticas recientes sobre politización en ciertos cuerpos.
Según datos del Departament d’Interior de la Generalitat, el 72 % de los catalanes considera que la policía autonómica debe mantener neutralidad absoluta en actos oficiales (Encuesta de Opinión Pública 2025).
¿Qué dice la ley sobre expresiones políticas en actos institucionales?
La Ley 19/2014, de Transparencia, y la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo, exigen que los actos oficiales sean ejemplares en respeto a los derechos fundamentales. El Artículo 20.1.d) de la Constitución protege la libertad de expresión, pero no ampara expresiones que menoscaben la dignidad de las instituciones o inciten al desprecio.
Datos Clave
- La investigación se inició mediante Información Reservada (IR), no denuncia externa.
- El acto contó con más de 200 agentes, incluidos altos mandos.
- El ARRO es una unidad operativa clave en el control de altercados públicos.
- El caso se analiza bajo el Estatuto de los Mossos d’Esquadra y el Código Penal español.
- La neutralidad política es obligatoria para todo funcionario público según la Ley Orgánica 2/1986.
El marco legal es claro: la función policial exige imparcialidad, respeto institucional y autocontrol absoluto, especialmente en espacios formales. Cualquier desviación no solo pone en riesgo la carrera del agente, sino la confianza ciudadana en el sistema de seguridad pública.
