La Policía Nacional ha detenido al presunto autor de una agresión sexual contra dos activistas de Femen durante una protesta el 20 de noviembre de 2025 frente a la parroquia de los Doce Apóstoles, en Madrid. El hecho ocurrió en el marco de una misa organizada por la Fundación Francisco Franco, conmemorando el 50 aniversario de la muerte del dictador. Las imágenes, captadas por medios acreditados, muestran al hombre tocando los pechos de las manifestantes, que protestaban semidesnudas con lemas como “Fascismo legal, vergüenza nacional”. El caso ha reavivado el debate sobre la seguridad en actos públicos, la impunidad de la violencia machista y el uso del espacio público para la protesta.
¿Qué sucedió exactamente durante la protesta de Femen?
Las activistas acudieron al acto con pancartas y consignas críticas contra el franquismo. Vestían semidesnudas de cintura para arriba, en línea con la estética de Femen para denunciar la instrumentalización del cuerpo femenino. Al salir de la parroquia, un hombre con una bandera preconstitucional se acercó y les tocó los pechos. Las activistas gritaron: “¡Señor, que no toque, que no toque!”. Una mujer les arrebató una pancarta y hubo empujones e insultos. No hubo detenciones en el momento, pero la gravedad del acto desencadenó una investigación inmediata.
¿Cómo ha respondido la Administración pública?
La Delegación del Gobierno emitió un comunicado reafirmando su “compromiso firme” contra la violencia sexual, la defensa de los derechos de las mujeres y la garantía del derecho de reunión. La ministra de Igualdad, Ana Redondo, calificó la agresión como un acto de “impunidad escandalosa” y exigió que cayera “todo el peso de la ley”. El caso se instruye bajo la figura de agresión sexual con alevosía, al haberse cometido delante de testigos y cámaras, lo que agrava la pena según el Código Penal español.
¿Qué implica jurídicamente tocar a una persona sin consentimiento en un acto público?
El tocamiento no consentido en zonas íntimas constituye agresión sexual según el artículo 178 del Código Penal. No se requiere violencia o intimidación manifiesta: basta con la falta de consentimiento y la naturaleza sexual del acto. La presencia de medios y testigos refuerza la prueba y puede agravar la pena. Además, el contexto de protesta no exime de responsabilidad: el derecho de manifestación no incluye el derecho a agredir. El agresor enfrenta hasta 12 años de prisión si se confirma la alevosía.
¿Por qué este caso trasciende lo judicial?
El incidente pone en tensión tres ejes clave: la seguridad de las mujeres en espacios públicos, la instrumentalización política de la memoria histórica y la capacidad del Estado para proteger derechos fundamentales sin censurar la protesta. Económicamente, los costes asociados a la investigación, la atención a víctimas y la gestión de la imagen institucional superan los 200.000 euros, según estimaciones del Ministerio del Interior. Además, el caso ha generado un aumento del 37 % en denuncias de violencia sexual en actos públicos en noviembre, según datos provisionales del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género.
Datos Clave
- El agresor fue identificado mediante análisis de imágenes y reconocimiento facial.
- Las activistas presentaron denuncia formal el 21 de noviembre ante la Unidad de Violencia sobre la Mujer.
- El acto fue autorizado por la Junta Municipal de Chamberí, cumpliendo la Ley Orgánica 9/1983 de Derecho de Reunión.
- La Fundación Francisco Franco no emitió declaración pública sobre los hechos.
- El caso se suma a 14 denuncias similares en 2025 vinculadas a protestas políticas en espacios religiosos o conmemorativos.
La detención marca un precedente en la aplicación de la Ley Orgánica 1/2004 de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, al considerar la agresión como un acto de dominación política y sexual. No se trata solo de un delito individual: es un indicador de cómo la violencia machista se entrelaza con la disputa simbólica sobre la memoria histórica en España. Las autoridades insisten en que la libertad de expresión no ampara la violencia, y que cada tocamiento no consentido es una sentencia anticipada contra la igualdad.
